¿Qué ocurre si nos vemos inmerso en un accidente de tráfico donde no es posible determinar el vehículo culpable del siniestro?
¿Es posible reclamar una indemnización si no existe un vehículo infractor?
No siempre resulta claro determinar el vehículo causante de un accidente, ni quién ha sido el infractor que ha originado el siniestro. En estos casos, en los que existen versiones contradictorias, no hubo testigos que presenciaran el accidente, y éste, no se puede reconstruir por medios indirectos como huellas de frenada, trayectorias, marcas en la carrocería y demás, hay que sucumbir inexorablemente al hecho de que no es posible determinar con certeza qué vehículo fue el causante del accidente.
Como es un tema controvertido desde Ferrer Salinas Abogados especialistas en accidente de tráfico en Almería le ayudamos a solucionar éste y cualquier otro asunto relacionado con los accidentes de tráfico.
Para solucionar la polémica en los accidentes de tráfico donde no hay un vehículo culpable claro, nuestro Tribunal Supremo ya había fijado jurisprudencialmente el criterio a seguir según la doctrina llamada de las indemnizaciones cruzadas por las sentencias 40/2013, de 4 de febrero, 627/2014, de 29 de octubre, y 312/2017, de 18 de mayo; doctrina que vuelve a corroborar en su sentencia de 27 de mayo de 2019 y que resumimos a continuación:
- Para los daños personales, ambos conductores responden del total de los daños personales causados a los ocupantes del otro vehículo con arreglo a la doctrina llamada de las indemnizaciones cruzadas.
- Para los daños materiales, que cada conductor asuma la indemnización de los daños del otro vehículo en un 50%.
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